4.19 Sobre la formación correcta de jurados.
Con la revolución francesa, la figura del jurado popular se convirtió en una conquista social: el pueblo llano pasaría, a partir de ese momento, a participar en la impartición de la justicia. El primer matemático que adoptó una postura, basada en sus conocimientos acerca de esta institución, fue Marie-Jean-Antoine Nicolas de Caritat (1743-1794), más conocido por su marquesado, el de Condorcet. Fue un destacado matemático y filósofo, alumno de d’Alembert, participó en la redacción de la Enciclopedia y pidió el voto para la mujer, en idénticas condiciones a las del hombre, en un artículo del Journal de la Société de julio de 1789.
Condorcet establece, como garantía de éxito en la decisión de un jurado, una probabilidad de acierto de \(144.767/144.768\) para que el error de la decisión sea despreciable, y añade que el objeto de tal exigencia “no es sólo evitar que el inocente sea condenado, (…) si no evitar al mismo tiempo el riesgo de absolver a un culpable cuando el crimen esté realmente probado, es decir que este riesgo debe ser lo suficientemente pequeño para poder ser despreciado”.
Condorcet obtuvo esta cifra a partir de los siguientes cálculos: en una asamblea de 61 electores, en la que se exija una mayoría de 9 votos, se daría este caso, supuesto que la probabilidad de acierto de cada uno sea de 4/5, es decir, que cada uno no se equivoque más que una de cada cinco veces. Si, además, se exige que el error no se dé más que una de cada diez veces, entonces bastaría con exigir una mayoría de seis votos en una asamblea de 44 Electores.
Laplace se ocupó también del cálculo del número de jueces y del número de votos que deben tomarse para garantizar la presunción de inocencia del reo, así como la defensa de los ciudadanos ante la posible absolución de un culpable. Según Laplace, la probabilidad de que la decisión de cada juez sea justa es la pieza clave de todo el proceso, afirmando que la probabilidad de que un juez emita una decisión acertada debería variar desde un mínimo de \(1/2\) a la casi certeza (menor probabilidad daría que fuese más fiable lanzar una moneda al aire que fiarse del juez).
En cuanto al número de jueces que deben componer un tribunal, planteó que el objetivo debía ser minimizar la probabilidad de error en la decisión. Y comparó la situación de una mayoría exigida de dos votos en los casos de composiciones de 8 o de 6 miembros. La probabilidad de error en la condena superaría el \(25\%\) en el primer caso, mientras que en el segundo quedaría por debajo, lo que supondría, con la aplicación de la misma mayoría simple, una ventaja para el acusado.
Tras analizar distintas opciones, concluye que, para garantizar convenientemente la inocencia del acusado, debería exigirse al menos una mayoría de nueve miembros en un tribunal formado por doce. Planteó que una posible solución de compromiso podría ser la de un jurado de nueve miembros1, exigiendo la unanimidad.
En 1837, Siméon-Denis Poisson publica su Investigación sobre la probabilidad de los juicios, una obra de más de 400 páginas. Poisson utilizaría su ley de los grandes números (capítulo 6) para su análisis y posteriores recomendaciones. Así, exige tener presentes dos cantidades previas deducidas de la observación:
las relativas a que “un jurado, escogido al azar, no equivoque su voto”, establecida en algo más de \(2/3\) para los crímenes contras las personas, y en alrededor de \(13/17\) en el caso de los juicios por crímenes contra las propiedades, y en \(3/4\) si no se distingue entre unos juicios y otros;
la probabilidad a priori (avant l’ouverture des débats) de que el acusado sea culpable, fijada entre \(0.53\) y \(0.54\) en el primer caso, y alrededor de \(2/3\) en el segundo, siendo de \(0.64\) si no se efectúa la distinción y se evalúa de forma global.
Para el cálculo de estos números, Poisson empleó las cifras existentes de condenados por, al menos, siete votos contra cinco, y entre ellos los condenados exactamente por tal mayoría, divididos ambos por el número total de acusados; analizando por separado los juicios por crímenes contra las personas y por atentados contra las propiedades.
Poisson señaló también la necesidad de que este estudio fuese aplicado a todo juicio en el que existiese la posibilidad de estudiar un número suficientemente grande de casos previos para obtener las cifras necesarias. Y hace referencia a los tribunales de excepción de la Revolución (35 años antes de la publicación de su obra), justificando el alto número de condenas en la parte pasional de la acusación y del jurado, “muy alejada de la necesaria calma de espíritu que debe guiar la aplicación de la justicia” (Poisson 1837) (Zafra and Paz Cobo 2012), (Hacking and Bixio 1995).
References
Hacking, Ian, and Alberto L Bixio. 1995. La Domesticación Del Azar: La Erosión Del Determinismo Y El Nacimiento de Las Ciencias Del Caos. Gedisa Editorial.
Poisson, Siméon Denis. 1837. Recherches Sur La Probabilité Des Jugements En Matière Criminelle et En Matière Civile Precédées Des Règles Générales Du Calcul Des Probabilités Par Sd Poisson. Bachelier.
Zafra, Juan Manuel López, and Sonia de Paz Cobo. 2012. “7. Justicia Y Probabilidad En La Francia de La Revolución: Las Posturas de Condorcet, Laplace Y Poisson.” In Historia de La Probabilidad Y de La Estadística Vi, 159–72. Universidad Nacional de Educación a Distancia, UNED.
este es el número de miembros de un jurado en España↩